Tudela

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Todos mis sueños

viernes, 17 de mayo de 2013

El régimen foral de Navarra también es constitucional

Leo y escucho con cíclica periodicidad, en algunas y significativas, por su sesgo ideológico, tertulias nacionales, opiniones sobre los sistemas institucionales de algunas de las comunidades históricas, en este caso sobre la Comunidad Foral de Navarra, sobre sus competencias históricas, sus mecanismos de recaudación fiscal y sobre el modelo de relación institucional, económica y solidaria con el conjunto del Estado Español.

Para algunas otras CC AA, por ejemplo Cataluña, este modelo foral de relación institucional ha sido un referente y un objetivo a lograr, hoy desgraciadamente desbordado por la apuesta secesionista impulsada tanto por la derecha como por la izquierda nacionalista catalana.

Para otros partidos políticos de ámbito nacional, con mayor o menor representación parlamentaria, este modelo competencial histórico también ha constituido un objetivo a eliminar o, cuando menos, a aminorar. La derecha española mayoritaria, acentuada su acción últimamente con sucesivos Reales Decretos Leyes que laminan, poco a poco, las competencias de las CC AA y, por ende, de las comunidades denominadas forales (Navarra y País Vasco).

Siguiendo la misma estela, pero con mayor nitidez si cabe, la vizcaína Rosa María Díez González, más conocida como Rosa Díez, Diputada y Portavoz de UPyD, nos manifiesta la opinión de su formación política, que bien se pudiera resumir en la siguiente petición referida a nuestro régimen foral: "que se suprima, ya que, a su entender, tiene una opacidad de diseño que ha permitido que aquí se utilice el sistema no para beneficiar al conjunto de los navarros, sino para que algunos se beneficien de este sistema opaco", calificándolo de privilegio y no de derecho.

Es decir, la apuesta de UPyD para Navarra y me imagino que también para su tierra natal el País Vasco es la supresión de nuestro régimen competencial foral, calificado de histórico, por su soporte jurídico y por su antigüedad. Por tanto, no propone su mejora mediante una modificación sino que directamente insta a su eliminación.

Navarra es una Comunidad Foral (luego no es una Comunidad Autónoma clásica), cuyas competencias devienen del antiguo Reino de Navarra, que estuvo vigente hasta 1841 y del cual emana nuestro particular régimen de autogobierno, denominado Régimen Foral. Debo recordar que la Constitución Española de 1978, aprobada mayoritaria y democráticamente por los españoles y españolas, ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. Por tanto, sólo se puede respetar lo que es diferente y amparar lo que es externo. La Constitución reconoce, por tanto, el carácter preconstitucional, por ser anterior, del fuero navarro.

Como socialista, a veces me he formulado la siguiente pregunta: ¿es justo e igualitario que una comunidad, en este caso foral, tenga distintas, mayores o menores, mejores o peores, competencias? La respuesta ideológica es no. Pero, inmediatamente debo reconocer que la inserción de Navarra en la Constitución Española fue, como siempre ha sido el régimen competencial de la Comunidad Foral en España, incluso en los tiempos no democráticos y dictatoriales, mediante el pacto.

Por tanto, no puede ser, además de que sería no democrático, que una parte del pacto, en este caso el Gobierno de España decidiera, sin acuerdo, lo que le afecta a la otra parte del pacto, la Comunidad Foral de Navarra, por cuanto, y aquí niego la mayor, no es un privilegio sino que es un derecho histórico, hoy plenamente constitucional.

Los que legítimamente puedan defender lo contrario, tienen que entender que la convivencia de las sociedades democráticas modernas se sustenta en el respeto a los derechos, a todos los derechos, no solo a los nuevos, sino también a los históricos y que la modificación de los mismos nunca puede ser un ejercicio unilateral de una de las partes, sino que debe ser acordado por todas ellas sin exclusión.

Navarra es una Comunidad Foral pequeña en cuanto a habitantes, algo mayor en cuanto a superficie y bastante grande en cuanto a principios y valores, siendo uno de ellos el de la cooperación y la solidaridad interregional. Por tanto, nadie puede pretender arrebatarnos esos principios y valores, menos todavía en un contexto internacional donde, cada día más, se debe sustentar sobre la base de la Europa de las Regiones, reitero, de las regiones y, por ello, a dichas regiones hay que respetar, desde su historia, desde su cultura y, porque no, desde sus derechos reconocidos.

En esa Europa de las Regiones también existe la asimetría competencial. No solo eso, existen estados federales dentro de Europa, los cuales mantienen diferencias, más o menos significativas, de los techos competenciales de las distintas regiones que los conforman. A mayor abundamiento recordar también que las competencias de las EE LL son distintas en función de su tamaño; es decir, no todos los ayuntamientos de España tienen y ejercen las mismas competencias. Una cosa es la armonización y otra muy distinta es la uniformidad, porque la riqueza está en la diversidad de las personas y de sus instituciones.